Si el conductor que se vio involucrado en un accidente de tránsito se niega sin justificación a someterse a pruebas respiratorias u otros exámenes científicos destinados a establecer si se ha ingerido alcohol o sustancias estupefacientes o psicotrópicas en el cuerpo, será sancionado con una multa de hasta 10 UTM y, además, la suspensión de su licencia hasta por un mes.
En caso de que quien se niega o realice acciones que traten de alterar el resultado de los exámenes, haya participado en un accidente donde se produjo la muerte de una persona o que el afectado sufrió lesiones gravísimas, se expondrá a una sanción de presidio menor en su grado máximo (tres años y un día a cinco años de presidio), multa de once a veinte UTM, inhabilidad perpetua para conducir vehículos y la incautación del vehículo con que se cometió el delito.