De acuerdo a la ley N° 20.879, desde el mes de mayo del año 2023 las municipalidades pueden celebrar, de manera facultativa, convenios, condonar multas e intereses, e incluso tienen la posibilidad de condonar deudas antiguas por derechos de aseo municipal.
De esta forma, el dueño de un inmueble se puede acercar a la municipalidad correspondiente para explorar la posibilidad de lograr este convenio con el municipio, mediante el cual se puede condonar la totalidad de las multas e intereses cuando se pague la deuda al contado o podrá condonar el 70 por ciento de las multas e intereses en caso de que se suscriba un convenio de pago, el que se puede pactar hasta en doce cuotas.
Existirá la posibilidad de condonar la totalidad de la deuda en los casos en que estas tengan una antigüedad mayor a 5 años desde la fecha en que se han hecho exigibles, incluyendo las multas e intereses a que haya dado lugar dicho deuda.
Por otra parte, en casos de que no se logre este convenio con la municipalidad, está la posibilidad de hacer valer la prescripción de deudas cuya fecha de exigibilidad sea mayor a 5 años a través de la interposición de una demanda ante los tribunales civiles competentes, de acuerdo al artículo 2493 del Código Civil.