¿Quiénes pueden hacer uso de los estacionamientos reservados para personas con discapacidad?

Solamente pueden hacer uso de este tipo de estacionamientos las personas que se encuentran inscritas en el registro nacional de discapacidad y que también, deben tener la credencial que acredita dicha situación.

Esta credencial permite a las personas que forman parte de este registro acceder a todos los beneficios de la ley N° 20.422, que establece normas de igualdad de oportunidades e inclusión social de personas con discapacidad, como la posibilidad de hacer uso de estos estacionamientos exclusivos.

Dentro de quienes pueden obtener esta credencial, también se encuentran las personas con autismo, ya que el artículo 5° estipula que una persona con discapacidad es aquella que teniendo una o más deficiencias físicas, mentales o sensoriales, ve impedida o restringida su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con los demás.

 

Agenda una reunión online

Te invitamos a agendar una reunión con nuestros asesores para derivar tu caso a un abogado experto en la solución que buscas.   Haga clic aquí para agendar la reunión online gratis