¿Quieres tener tu propio negocio, pero no sabes como comenzar?
Comenzar un emprendimiento no es algo fácil y requiere de mucha motivación y esfuerzo. Por esta razón es importante que sepas de qué forma puedes proteger tu inversión cuando vas a involucrar a terceros en tu inversión. Para esto deberás tener muy presente las características propias del negocio con el que quieres emprender.
Lo primero que debes saber es que existen sociedades de capital y de personas, la característica principal es que en las primeras importa más las personas que componen la sociedad y en la segunda el aporte que realizan los socios.
¿Cuáles son los tipos de sociedades?
Dentro de las sociedades de personas, quizás la más conocida sea la Sociedad de responsabilidad limitada, Los socios responden hasta el monto de sus aportes y tiene la característica de que requiere el consentimiento de todos los socios para que uno pueda enajenar sus derechos en la sociedad. Esta dificultad para modificar a los miembros de la sociedad es que nos permite decir que importa más quien va a ser tu socio que lo que pueda aportar.
Hablando ahora de las sociedades de capital, las más conocidas son la Sociedad por acciones (O también SPA) y las Sociedades Anónimas. En estas sociedades importa más el capital aportado que la persona de los socios, por lo que cada uno es libre de vender sus acciones sin restricciones, a menos que exista alguna prohibición estatutaria. Estas sociedades limitan la responsabilidad hasta el aporte realizado por los socios, por lo que también protege su patrimonio personal.
¿Hay alguna diferencia entre constituirse de forma tradicional o en la plataforma de empresa en un día?
La verdad es que la Ley no hace ninguna distinción entre los efectos propios entre una y otra. Si bien la gente utiliza más la plataforma de empresa en un día, debido a la facilidad que presenta para crear una sociedad, se debe tener cuidado al momento de redactar sus estatutos para que esta no tenga vicios de nulidad o al momento de relacionarse con terceros para que estas reconozcan las facultades del representante entro otros problemas que pueden suceder ante un estatuto defectuoso.
¿Qué debe señalar los estatutos de mi propia sociedad?
Si bien existen distintos tipos de sociedades, los estatutos por regla general deben llevar la siguiente información:
1) El nombre, profesión u oficio, el domicilio de los accionistas que concurran a su otorgamiento, y el rol único, tributario o documento de identidad, si debieren tenerlos.
2) El nombre y domicilio de la sociedad.
3) La enunciación del o de los objetos específicos de la sociedad.
4) El capital de la sociedad.
Sin estos requisitos, tu sociedad corre el riesgo de tener un vicio de nulidad.