La Ley N° 21.553, también llamada “ley Uber”, que ya fue publicada pero aun no entra en vigencia, establece, además de exigencias para los vehículos que trabajan en aplicaciones de transporte de pasajeros, exigencias para los conductores o choferes inscritos en ellas.
Entre las exigencias que se establecen podemos encontrar las siguientes:
- la obligación de contar con licencia profesional tipo A2
- el vehículo solo podrá pertenecer a una persona natural y solo podrán ejercer sus labores en la región donde se encuentren inscritos en el registro electrónico.
- No se podrán inscribir más de dos vehículos en el registro por persona.
- El conductor deberá actualizar su certificado de antecedentes, a lo menos, cada seis meses, mismo plazo que se establece para aprobar la revisión técnica.
- Estos vehículos no podrán hacer uso de las vías exclusivas de transporte público.