¿Sabías que hay dos sistemas por los que puedes constituir tu empresa?

Primero: El sistema antiguo que puede llegar a ser más lento, en el que mediante una escritura de constitución de sociedad y ante notario se establecen los estatutos que regirán la empresa, debiendo estipular, entre otros:

  • Nombre del representante o los representantes.
  • Domicilio.
  • Razón social.
  • Giro.
  • Patrimonio de la empresa.
  • Aportes de los socios.
  • Normas sobre administración.

Luego del trámite ante notario, se debe iniciar actividades ante el Servicio de Impuestos Internos y también este sistema requiere de la inscripción de la sociedad en el Conservador de Bienes Raíces respectivo, en el registro de comercio.

Segundo: El procedimiento simplificado que comenzó a regir desde el año 2013, pudiendo ser parte de este sistema las EIRL, Sociedades de responsabilidad limitada, Sociedades anónimas cerradas, sociedades por acciones, entre otras.

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