Es un proceso breve necesario para la disposición de los bienes adquiridos por sucesión por causa de muerte (por ende, dejados en herencia), esto es, un trámite que se realiza seguido ante el Registro Civil, y su posterior declaración de impuesto ante el Servicio de impuestos internos.
¿Dónde y cómo realizar el trámite de posesión efectiva intestada?
El trámite de Posesión Efectiva debe realizarse personalmente, esto es, con el relleno del formulario con la información necesaria y ser ingresado en oficinas del Servicio de Registro Civil e Identificación, maxime, este servicio es el encargado de recepcionar los formularios de posesión efectiva rellenados y revisión del trámite. Además, hoy en día el registro civil cuenta con un portal afín destinado para la realización de la posesión efectiva en línea.
Requisitos para realizar la posesión efectiva:
Para la realización de este trámite se debe tener la calidad legal de heredero o cesionario de los derechos hereditarios de la persona fallecida, o también, a través de un mandatario, cuyo poder debe ser extendido por uno de los herederos, cuyo documento debe ser suscrito y posteriormente autorizado ante ministro de fe, que generalmente corresponde a un notario público.
Documentos requeridos para la posesión efectiva:
- Cédula de Identidad del solicitante
- Formulario llenado de “Solicitud Posesión efectiva ante el servicio de Registro Civil e Identificación”
- Formulario llenado 4423 del Servicio de Impuestos Internos
Inscripciones en registros:
Si dentro de los bienes adquiridos por sucesión por causa de muerte, y de ellos realizada la posesión efectiva, es necesario que dicho trámite conste en los registro respectivos, es decir, si hay bienes inmuebles, se debe inscribir en el registro del Conservador de bienes raíces respectivo; si hay automóviles, se debe inscribir en el Registro civil, etc.