- Retención de la devolución de impuestos.
- Retención de parte de los fondos de un crédito bancario que pida la persona deudora por 50 UF o más.
- Si el deudor o deudora vende una propiedad, se puede impedir la inscripción del traspaso si no se pagan los alimentos adeudados.
- En el caso de la compraventa de vehículos motorizados, el Servicio de Registro Civil e Identificación solo puede inscribir la transferencia de dominio si se acredita que, con las ganancias de la venta, se pagarán los alimentos adeudados.
- Se le puede negar la licencia de conducir.
- No podrán solicitar la emisión ni renovación del pasaporte. En casos calificados, el tribunal podrá autorizar su emisión, pero con una vigencia limitada.
- Retención de remuneraciones de gerentes generales o directores de sociedades anónimas abiertas con transacción bursátil.
- Inhabilidad para recibir algunos beneficios económicos o bonos del Estado.
- Retenciones de remuneraciones para el pago de la deuda.
- Pago de la deuda con la indemnización por años de servicio del deudor despedido del trabajo.
- Las deudas por pensión de alimentos serán prioritarias en los procedimientos judiciales de ejecución.
Recuerden que el Registro Nacional de Deudores es un registro electrónico reservado que incluye a las personas que deben pagar una o más pensiones de alimentos y que actualmente no han cumplido con sus obligaciones según lo ordenado por los tribunales de familia.