Si hago un testamento ¿a quién le puedo dejar mis bienes?

En Chile un testamento se encuentra restringido por la legislación, entendiendo que no hay libertad absoluta para disponer de los bienes, ya que la ley obliga al testador a cumplir con asignaciones forzosas a favor de ciertas personas. Las disposiciones que no cumplan con lo establecido en la ley no tendrán valor.

Estas asignaciones obligatorias son:

  • Los alimentos forzosos que el difunto debía por ley deben pagarse con cargo a los bienes de la herencia.
  • Las legítimas que se componen por el 50% de los bienes y les corresponden a los herederos como el cónyuge sobreviviente o conviviente civil, descendientes o ascendientes (padres y abuelos).
  • La cuarta de mejoras que se compone del 25% de los bienes y con ella se puede favorecer la cuota de determinados herederos.
  • El 25% que resta, llamada “cuarta de libre disposición”, puede dejarse a quien elija el testador.

Por tanto, el 50% de los bienes va a los herederos forzosos, el 25% va para mejorar a alguno de los herederos forzosos, y el último 25% se podrá dejar a quien el testador desee.

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