Ley 20.007 Comprar un bien raíz en verde significa adquirir una vivienda que se encuentra en proceso de construcción o está proyectada para su construcción, es decir, que no cuenten con recepción definitiva.
Cuando se compra en verde, se debe firmar una promesa de compraventa, que debe ser autorizada por un notario. En esta promesa, se incluye una póliza de seguro o una boleta bancaria que garantiza la recuperación del dinero pagado por el comprador en caso de que la inmobiliaria o empresa constructora no cumpla con sus compromisos.
Es obligación de la inmobiliaria o constructora incluir en el contrato de promesa una póliza de seguro o boleta bancaria que garantice la recuperación del dinero pagado, o una cuenta de ahorro o depósito a plazo a favor del vendedor, que se entregará una vez que la propiedad se inscriba en el Conservador de Bienes Raíces a nombre del comprador.
La legislación actual protege a los compradores, asegurando la recuperación del dinero pagado por el concepto de “pie” en caso de incumplimiento
Además, se señala que, de no haberse fijado un plazo para la inscripción del título de dominio en el CBR, este será de 1 año desde que se firmó la promesa.