¿Qué es el sueldo empresarial?
Quizás una de las preguntas que más se realizan los empresarios es si pueden contratarse a ellos mismos como trabajadores de la empresa. El sueldo empresarial es una ficción tributaria que permite reconocer como gasto la remuneración de los socios en las sociedades de personas o de capital.
Al respecto, el artículo 31 de la Ley del impuesto a la renta señala que:
“No obstante disposición legal en contrario, para fines tributarios, se aceptará como gasto la remuneración razonablemente proporcionada en los términos del párrafo anterior, que se asigne al socio, accionista o empresario individual que efectivamente trabaje en el negocio o empresa.”
De esta manera, si bien no puede existir un vínculo de subordinación y dependencia entre los “dueños” de una empresa, si se permite que estos puedan reportar como gasto este sueldo empresarial y además pagar sus respectivas cotizaciones previsionales.
¿Cuáles son los requisitos para optar al sueldo empresarial?
Los empresarios que quieran optar a este beneficio, deberán trabajar efectivamente en la empresa. No es una simulación y no puede existir un enriquecimiento sin causa.
También deberán pagarse las cotizaciones respectivas como si fueran cualquier trabajador de la empresa.
Además, debe existir una racionalidad entre las remuneraciones y lo que la empresa pueda generar.
¿Debo tener un contrato?
Sí, debe realizarse un contrato que señale las siguientes características:
- Debe individualizar a la empresa
- Las labores y el cargo que desempeñara
- La remuneración
- La duración y su jornada.
La Ley no hace una distinción sobre a qué tipos de socios les es aplicable este beneficio. Sin embargo, es importante señalar que ni alguien que tenga facultades de administrador o que sea socio mayoritario podría tener un contrato de subordinación y dependencia laboral, por lo que solo podrían optar al sueldo empresarial.
¿Qué beneficios tiene la asignación de un sueldo empresarial en mi empresa?
Las ganancias de una sociedad o empresa, por regla general, solo podrían ser retirados a través del reparto de utilidades propios de cada empresa. Sin embargo, a través de esta figura puedes, por una parte, reducir como gasto la renta de tu empresa y además disminuye el pago de los impuestos respectivos.
Te servirá para que puedas personalmente tributar en segunda categoría, además de poder tener cotizaciones para acceder a servicios de previsión y de salud.
Además, te permitirá ordenar los gastos personales y de la empresa, evitando tener que necesariamente llegar a un retiro para poder acceder a esos fondos.