Este tipo de juicios tiene como principal causal el incumplimiento del arrendatario en el pago de las rentas del inmueble, existiendo, a lo menos, un periodo completo de incumplimiento.
En caso de que también exista una deuda en el pago de cuentas de servicios (luz, agua, gastos comunes y otros), con la interposición de la demanda, se obligara al arrendatario a pagar todas las cuentas morosas, incluyendo el periodo del juicio, hasta que se pague todo lo que se adeude o se entregue la propiedad. Además, podrá el arrendador notificar a las compañías de que hay una demanda en curso, quedando el responsable como único responsable del pago de las cuentas.
El juez puede dictar como sentencia que el arrendatario entregue la propiedad en un plazo máximo de 15 días, si llegado ese plazo, aun no se entrega el inmueble, se puede ordenar el lanzamiento, apoyado por la fuerza pública.
También se puede solicitar la restitución anticipada del inmueble cuando se haya destruido parcialmente el inmueble o que haya quedado inutilizable para su uso común.