El sueldo empresarial.

¿Qué es el sueldo empresarial?

Quizás una de las preguntas que más se realizan los empresarios es si pueden contratarse a ellos mismos como trabajadores de la empresa. El sueldo empresarial es una ficción tributaria que permite reconocer como gasto la remuneración de los socios en las sociedades de personas o de capital.

Al respecto, el artículo 31 de la Ley del impuesto a la renta señala que:

“No obstante disposición legal en contrario, para fines tributarios, se aceptará como gasto la remuneración razonablemente proporcionada en los términos del párrafo anterior, que se asigne al socio, accionista o empresario individual que efectivamente trabaje en el negocio o empresa.”

De esta manera, si bien no puede existir un vínculo de subordinación y dependencia entre los “dueños” de una empresa, si se permite que estos puedan reportar como gasto este sueldo empresarial y además pagar sus respectivas cotizaciones previsionales.

¿Cuáles son los requisitos para optar al sueldo empresarial?

Los empresarios que quieran optar a este beneficio, deberán trabajar efectivamente en la empresa. No es una simulación y no puede existir un enriquecimiento sin causa.

También deberán pagarse las cotizaciones respectivas como si fueran cualquier trabajador de la empresa.

Además, debe existir una racionalidad entre las remuneraciones y lo que la empresa pueda generar.

¿Debo tener un contrato?

Sí, debe realizarse un contrato que señale las siguientes características:

  • Debe individualizar a la empresa
  • Las labores y el cargo que desempeñara
  • La remuneración
  • La duración y su jornada.

La Ley no hace una distinción sobre a qué tipos de socios les es aplicable este beneficio. Sin embargo, es importante señalar que ni alguien que tenga facultades de administrador o que sea socio mayoritario podría tener un contrato de subordinación y dependencia laboral, por lo que solo podrían optar al sueldo empresarial.

¿Qué beneficios tiene la asignación de un sueldo empresarial en mi empresa?

Las ganancias de una sociedad o empresa, por regla general, solo podrían ser retirados a través del reparto de utilidades propios de cada empresa. Sin embargo, a través de esta figura puedes, por una parte, reducir como gasto la renta de tu empresa y además disminuye el pago de los impuestos respectivos.

Te servirá para que puedas personalmente tributar en segunda categoría, además de poder tener cotizaciones para acceder a servicios de previsión y de salud.

Además, te permitirá ordenar los gastos personales y de la empresa, evitando tener que necesariamente llegar a un retiro para poder acceder a esos fondos.

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