¿Qué es el Divorcio de común acuerdo?
Es el derecho a pedir que tienen los cónyuges para solicitar al Tribunal de Familia la terminación del matrimonio, por divorcio de común acuerdo, siempre y cuando haya transcurrido por a lo menos un año desde el cese efectivo de la convivencia, y tener un acuerdo completo entre todas las materias derivadas del matrimonio, esto es, alimentos, relación directa y regular, división de los bienes comunes, compensación económica, entre otros.
¿Cuáles son los Requisitos del divorcio de común acuerdo?
- Un año de cese de convivencia
- No reanudación de la vida en común durante ese año
- Ambos cónyuges lo soliciten de común acuerdo
- Acompañar acuerdo completo y suficiente
¿Necesito abogado para realizar el divorcio de común acuerdo?
Sí, ambos cónyuges, cada uno por su parte, requieren patrocinio de un abogado, puesto que, la solicitud de divorcio de común acuerdo se presenta ante un Juez de Familia, con las partes debidamente representadas por un abogado habilitado para el ejercicio de la profesión.
¿Cuáles son las Etapas del divorcio de común acuerdo?
- Ingreso demanda: Se ingresa la demanda al Tribunal de Familia mediante la Oficina Judicial Virtual con clave única de ambos cónyuges solicitantes y sus abogados patrocinantes.
- Sentencia: acoge y declara terminado el matrimonio por divorcio (sin audiencias, de conformidad al artículo 64 bis de la Ley 19.968).
- Inscripción en el Registro civil: si es decretado el divorcio, se debe subinscribir en el registro civil la sentencia firme y ejecutoriada de divorcio.